No soy anti-Francisco
Los que me conocéis y leéis a menudo, sabéis que no soy anti papa Francisco. Me remito simplemente a un blog que escribí cuando salió la tan polémica exhortación Amoris Laetitia, defendiendo al papa. Por este papa han surgido tanto partidarios incondicionales como detractores insaciables. Yo me considero el punto medio, aunque ambos grupos me considerarán del bando contrario. A mi plín. Pero me siento obligado a escribir este blog.
Una boda en el aire, ideal para las redes sociales
Como imagino es de todos sabido, el papa Francisco casó a una pareja de azafatos en el avión de su viaje a Chile. Es cierto que el matrimonio no fue del todo improvisado, como nos quieren vender algunos medios de comunicación, ya que el azafato, experiodista por otra parte, llevaba esa idea junto con su pareja civil. Supongo que les haría ilusión. ¿A quién no? Juntas, por un lado, que te casa el papa, y por el otro, que la boda es un lugar extraño (un avión). En el mundo del postureo y de las redes, ¿quién no lo querría?
El papa tenía buena intención
¿Por qué el papa lo hizo? Él mismo lo manifestó a la pareja: para revalorizar a los ojos del mundo el sacramento del matrimonio. Era la situación perfecta: una situación que tendría un eco masivo en los medios de comunicación, presentaría al papa como un papa actual y enrollado, y daría un mensaje global a favor del matrimonio. Su intención era buena, sin duda. No lo hizo porque no valore este sacramento, sino precisamente para hacer un acto impactante que dejase claro su valor ante los medios. Pero no puedo estar de acuerdo con ello. Trataré de ser breve.
La máxima Ley de la Iglesia
Según el Código de Derecho Canónico (la máxima ley de la Iglesia de obligado cumplimiento, sobre la cual sólo están los 10 mandamientos), han de darse una serie de requisitos para que se celebre un matrimonio: asegurarse de la libertad de los contrayente mediante el examen de testigos, exponer las amonestaciones por si alguien tiene algo en contra, preparar la celebración litúrgica con consciencia y decoro, que el matrimonio se celebre en una iglesia u oratorio, que se inscriba el matrimonio en los libros de la parroquia a la que pertenezca la iglesia y oratorio, etc. Nada de esto se ha dado en ese matrimonio aéreo. Es cierto que el Código dice que el Ordinario del lugar puede dispensar de estas cosas por causas que considere graves. El Ordinario del lugar es el obispo; no es el papa. Y, que yo sepa, el Ordinario del lugar por donde sobrevolaba el avión, no permitió las dispensas antes del matrimonio…
¿Puede el papa hacer lo que le dé la gana?
Igual alguno piensa: “Hombre, es el papa, puede hacer lo que le dé la gana, que para eso es el papa, ¿no?”. Y ahí es donde llegamos al punto clave. Imaginemos un presidente que decide saltarse la Constitución de su país. A todos nos parecería una tremenda burrada, denunciable e incluso punible. En todo caso, el presidente podría llevar a cabo una enmienda de la Constitución para que le atribuyese autoridad para eso que quiere hacer; pero no puede saltarse la Constitución. Bueno; pues eso, multiplicado por mil, es lo que ha pasado en este caso. El papa no está por encima del Derecho Canónico, que también rige sobre el pontífice. El Derecho se puede reformar, sí; pero uno no se lo puede saltar. El mismo Derecho prevé sanciones para quien se salta las leyes del Derecho. Ejemplos de lo de saltarse el Derecho Canónico:
Canon 1108 P1 Solamente son válidos aquellos matrimonios que se contraen ante el Ordinario del lugar o el párroco, o un sacerdote o diácono delegado por uno de ellos para que asistan, y ante dos testigos, de acuerdo con las reglas establecidas en los cánones que siguen.
Canon 1111 P2 Para que sea válida la delegación de la facultad de asistir a los matrimonios, debe otorgarse expresamente a personas determinadas; si se trata de una delegación especial, han de darse para un matrimonio determinado; y si se trata de una delegación general, debe concederse por escrito.
El papa no puede hacer lo que le dé la gana. De hecho, debe ser un ejemplo para todos, y de un modo especial, para los pastores.
¿Y ahora qué hacemos los curas?
Cuando estaba en la parroquia de las Rozas, comentábamos con los compañeros sacerdotes las dificultades que encontrábamos cuando venía un sacerdote de fuera de la parroquia y celebraba matrimonios saltándose todo a la torera: eligiendo las lecturas que le daba la gana, haciendo las fórmulas como le apetecía… incluso en un lugar dentro del territorio parroquial se habían celebrado matrimonios sin el conocimiento ni el consentimiento del párroco, y que, por tanto, no constaban en ningún sitio.
Cuando me llegaba una pareja que quería casarse en la playa, les decía que no podía ser, ya que, según el derecho, sólo se puede celebrar el matrimonio en una iglesia u oratorio. Cuando una pareja iba mal de tiempo para casarse, pedía que nos saltásemos las amonestaciones, pero yo les decía que no se podía, porque el derecho indica que sólo se pueden dispensar por el Ordinario y por motivos graves. Pero ahora, si viene un sacerdote de fuera y quiere casar a los novios en la azotea, o viene una pareja que quiere casarse sin los trámites previos, ¿qué le puedo decir? ¡Mi jefe se ha saltado todo a la torera!
Les diré que no pueden, que el Derecho tal y cual, pero quizá me respondan: “¡Pero si el papa Francisco casó sin toda esa parafernalia dentro de un avión!”. Santo Padre, ¿qué les digo? Me pone usted en un compromiso… Porque, o bien le dejo a usted en mal lugar diciendo que no obró correctamente, o bien yo quedaré en mal lugar por comparación con lo que usted hizo en el avión… Tenemos un verdadero problema.
¿Aclaramos o confundimos?
Quiero salvar la buena intención del Pontífice. Pero lo que hizo no estuvo bien. No es ejemplar, induce a confusión, dificulta a los sacerdotes su labor pastoral, relativiza el Derecho Canónico… Supongo que al santo Padre le pareció una idea genial en su momento, y que no pensaría demasiado en las consecuencias que podía tener, que sólo querría casar a dos personas que vivían en pecado (tampoco sabemos si las confesó antes) y valorizar el sacramento del Matrimonio… pero las cosas no se hacen así. Hay mucha confusión en nuestro mundo, en nuestra Iglesia, mucho emocionalismo e impulsivismo, y si tenemos que hacer algo es aclarar, no confundir más.
¡Hagamos las cosas bien!
Escribo todo esto con profundo cariño a nuestro santo Padre y en perfecta comunión con él y con la Iglesia. Pero necesitaba escribirlo, para poder sembrar claridad en medio de tanta confusión. Creo que era necesario. ¡Vamos a hacer las cosas bien! Yo seguiré sujeto al Derecho Canónico como juré antes de mi ordenación, y velaré porque se guarde. Espero que todos mis hermanos sacerdotes hagáis lo mismo, para que nuestra Iglesia, en comunión, siga siendo Luz en medio de las tinieblas.
Los que me conocéis y leéis a menudo, sabéis que no soy anti papa Francisco. Me remito simplemente a un blog que escribí cuando salió la tan polémica exhortación Amoris Laetitia, defendiendo al papa. Por este papa han surgido tanto partidarios incondicionales como detractores insaciables. Yo me considero el punto medio, aunque ambos grupos me considerarán del bando contrario. A mi plín. Pero me siento obligado a escribir este blog.
Una boda en el aire, ideal para las redes sociales
Como imagino es de todos sabido, el papa Francisco casó a una pareja de azafatos en el avión de su viaje a Chile. Es cierto que el matrimonio no fue del todo improvisado, como nos quieren vender algunos medios de comunicación, ya que el azafato, experiodista por otra parte, llevaba esa idea junto con su pareja civil. Supongo que les haría ilusión. ¿A quién no? Juntas, por un lado, que te casa el papa, y por el otro, que la boda es un lugar extraño (un avión). En el mundo del postureo y de las redes, ¿quién no lo querría?
El papa tenía buena intención
¿Por qué el papa lo hizo? Él mismo lo manifestó a la pareja: para revalorizar a los ojos del mundo el sacramento del matrimonio. Era la situación perfecta: una situación que tendría un eco masivo en los medios de comunicación, presentaría al papa como un papa actual y enrollado, y daría un mensaje global a favor del matrimonio. Su intención era buena, sin duda. No lo hizo porque no valore este sacramento, sino precisamente para hacer un acto impactante que dejase claro su valor ante los medios. Pero no puedo estar de acuerdo con ello. Trataré de ser breve.
La máxima Ley de la Iglesia
Según el Código de Derecho Canónico (la máxima ley de la Iglesia de obligado cumplimiento, sobre la cual sólo están los 10 mandamientos), han de darse una serie de requisitos para que se celebre un matrimonio: asegurarse de la libertad de los contrayente mediante el examen de testigos, exponer las amonestaciones por si alguien tiene algo en contra, preparar la celebración litúrgica con consciencia y decoro, que el matrimonio se celebre en una iglesia u oratorio, que se inscriba el matrimonio en los libros de la parroquia a la que pertenezca la iglesia y oratorio, etc. Nada de esto se ha dado en ese matrimonio aéreo. Es cierto que el Código dice que el Ordinario del lugar puede dispensar de estas cosas por causas que considere graves. El Ordinario del lugar es el obispo; no es el papa. Y, que yo sepa, el Ordinario del lugar por donde sobrevolaba el avión, no permitió las dispensas antes del matrimonio…
¿Puede el papa hacer lo que le dé la gana?
Igual alguno piensa: “Hombre, es el papa, puede hacer lo que le dé la gana, que para eso es el papa, ¿no?”. Y ahí es donde llegamos al punto clave. Imaginemos un presidente que decide saltarse la Constitución de su país. A todos nos parecería una tremenda burrada, denunciable e incluso punible. En todo caso, el presidente podría llevar a cabo una enmienda de la Constitución para que le atribuyese autoridad para eso que quiere hacer; pero no puede saltarse la Constitución. Bueno; pues eso, multiplicado por mil, es lo que ha pasado en este caso. El papa no está por encima del Derecho Canónico, que también rige sobre el pontífice. El Derecho se puede reformar, sí; pero uno no se lo puede saltar. El mismo Derecho prevé sanciones para quien se salta las leyes del Derecho. Ejemplos de lo de saltarse el Derecho Canónico:
Canon 1108 P1 Solamente son válidos aquellos matrimonios que se contraen ante el Ordinario del lugar o el párroco, o un sacerdote o diácono delegado por uno de ellos para que asistan, y ante dos testigos, de acuerdo con las reglas establecidas en los cánones que siguen.
Canon 1111 P2 Para que sea válida la delegación de la facultad de asistir a los matrimonios, debe otorgarse expresamente a personas determinadas; si se trata de una delegación especial, han de darse para un matrimonio determinado; y si se trata de una delegación general, debe concederse por escrito.
El papa no puede hacer lo que le dé la gana. De hecho, debe ser un ejemplo para todos, y de un modo especial, para los pastores.
¿Y ahora qué hacemos los curas?
Cuando estaba en la parroquia de las Rozas, comentábamos con los compañeros sacerdotes las dificultades que encontrábamos cuando venía un sacerdote de fuera de la parroquia y celebraba matrimonios saltándose todo a la torera: eligiendo las lecturas que le daba la gana, haciendo las fórmulas como le apetecía… incluso en un lugar dentro del territorio parroquial se habían celebrado matrimonios sin el conocimiento ni el consentimiento del párroco, y que, por tanto, no constaban en ningún sitio.
Cuando me llegaba una pareja que quería casarse en la playa, les decía que no podía ser, ya que, según el derecho, sólo se puede celebrar el matrimonio en una iglesia u oratorio. Cuando una pareja iba mal de tiempo para casarse, pedía que nos saltásemos las amonestaciones, pero yo les decía que no se podía, porque el derecho indica que sólo se pueden dispensar por el Ordinario y por motivos graves. Pero ahora, si viene un sacerdote de fuera y quiere casar a los novios en la azotea, o viene una pareja que quiere casarse sin los trámites previos, ¿qué le puedo decir? ¡Mi jefe se ha saltado todo a la torera!
Les diré que no pueden, que el Derecho tal y cual, pero quizá me respondan: “¡Pero si el papa Francisco casó sin toda esa parafernalia dentro de un avión!”. Santo Padre, ¿qué les digo? Me pone usted en un compromiso… Porque, o bien le dejo a usted en mal lugar diciendo que no obró correctamente, o bien yo quedaré en mal lugar por comparación con lo que usted hizo en el avión… Tenemos un verdadero problema.
¿Aclaramos o confundimos?
Quiero salvar la buena intención del Pontífice. Pero lo que hizo no estuvo bien. No es ejemplar, induce a confusión, dificulta a los sacerdotes su labor pastoral, relativiza el Derecho Canónico… Supongo que al santo Padre le pareció una idea genial en su momento, y que no pensaría demasiado en las consecuencias que podía tener, que sólo querría casar a dos personas que vivían en pecado (tampoco sabemos si las confesó antes) y valorizar el sacramento del Matrimonio… pero las cosas no se hacen así. Hay mucha confusión en nuestro mundo, en nuestra Iglesia, mucho emocionalismo e impulsivismo, y si tenemos que hacer algo es aclarar, no confundir más.
¡Hagamos las cosas bien!
Escribo todo esto con profundo cariño a nuestro santo Padre y en perfecta comunión con él y con la Iglesia. Pero necesitaba escribirlo, para poder sembrar claridad en medio de tanta confusión. Creo que era necesario. ¡Vamos a hacer las cosas bien! Yo seguiré sujeto al Derecho Canónico como juré antes de mi ordenación, y velaré porque se guarde. Espero que todos mis hermanos sacerdotes hagáis lo mismo, para que nuestra Iglesia, en comunión, siga siendo Luz en medio de las tinieblas.
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